Cómo registrar

En este documento se detallan los pasos para crear una Iglesia registrándola formalmente como tal. El objetivo de este documento es facilitar que cualquiera pueda crear su propia Iglesia, con la misma facilidad con la que se crea una Asociación en España.

Registros

Hay que registrar la Iglesia en dos lugares:

Pasos

Estatutos

Lo primero que hay que hacer es escribir los estatutos de la Iglesia. Los estatutos también se parecen a los de una asociación, y puedes tomar como ejemplo los Estatutos de la Iglesia Pastafari. En los estatutos hay que especificar, entre otros:

  • Domicilio de la entidad (no sirve un apartado de correos), que es donde se recibirá el correo dirigido a la Iglesia.
  • Fines de la Iglesia.
  • Entidades que la rigen.
  • Base de Fe (razón principal por la cual los estatutos de la Iglesia Pastafari fueron inicialmente rechazados).

Se recomienda que los estatutos fundacionales sean lo más escuetos y conservativos posibles, debido a que la administración puede tardar hasta 6 meses en realizar la inscripción, mientras que las modificaciones de los Estatutos tardan un máximo de 2 meses.

Reunión Fundacional

Tal como se detalla en la página web del Ministerio de Justicia, para realizar la inscripción en el registro de entidades religiosas es necesario escribir un documento dirigido al director de tal registro, al que adjuntaremos la documentación necesaria elevada a escritura pública (primera copia) el Acta Fundacional y los Estatutos de la Iglesia. Para que exista un acta fundacional es necesario hacer una reunión fundacional.

En la reunión fundacional será necesario tener dos copias tanto del Acta Fundacional como de los Estatutos, y que todos los miembros fundadores de la Iglesia firmen el Acta fundacional indicando su nombre y apellidos y DNI, y que firmen todas y cada una de las páginas de los Estatutos.

Puede que el Acta Fundacional la tengáis preparada y acordada de antemano, con las dos copias impresas, y luego en la reunión cambie algún detalle, como por ejemplo que haya una persona que no pueda asistir. No te preocupes: No es imprescindible tener preparada e impresa el Acta Fundacional de antemano, e incluso puede escribirse a mano si hiciese falta.

Certificado de número de fieles

Según aparece en la página web del Ministerio de Justicia, para las Iglesias ahora se solicita también un Certificado del número de fieles que pertenecen a la entidad. Este certificado sólo tiene una finalidad informativa. Pronto tendremos más detalles sobre este certificado.

Escritura Pública

Resulta necesario elevar a escritura pública (primera copia) los Estatutos y el Acta Fundacional, trámite que se realiza en una notaría. La Iglesia Pastafari realizará este trámite en la Notaría de la Concha (Madrid) pues ya nos conocen del anterior intento de legalización, pero cualquier notario puede hacer esto. En teoría en el Acta Fundacional puede haberse designado a una persona que es la que tendrá que realizar la inscripción en el Registro de Entidades Religiosas y los trámites legales para formalizar la Iglesia, y esta persona podría realizar la elevación a escritura pública, sin necesidad que vaya ninguna otra persona a la notaría. Así lo hicimos en el primer intento de legalización de la Iglesia Pastafari y no nos pusieron pegas en el ministerio de justicia al respecto.

No obstante para guardarse las espaldas lo mejor y más seguro es que se realice la reunión fundacional cerca de la notaría donde se vaya a elevar el acta a escritura pública y tras realizar la reunión fundacional vayan todos los fundadores a la notaría y firmen todos en la escritura. El precio de la escritura pública es de unos 80,00€ – 100,00€.

* Algo más de Información sobre la Elevación a Público.

Registro de Entidades Religiosas

Tal y como se detalla en la web del Ministerio de Justicia, se puede o bien realizar la solicitud de inscripción por carta (recomiendo carta certificada), o presencial. Los datos necesarios, la dirección a donde enviar la carta y demás se detallan bien en la web del ministerio. Pronto dispondremos de un ejemplo del escrito de solicitud que usamos en la Iglesia Pastafari.

Esperar

La inscripción en el registro de entidades religiosas puede tardar hasta 6 meses, si bien se puede llamar antes al ministerio para comprobar el estado del registro. El silencio administrativo es positivo, es decir que si no deniegan la solicitud en 6 meses significa que la Iglesia ha sido formalizada.

Obtención del CIF

Si se quiere poder realizar actividades económicas (incluso sin ánimo de lucro), o incluso tan sólo para tener una cuenta en el banco a nombre de la Iglesia, es requisito necesario la obtención del CIF. Este trámite se detalla bastante bien en otros sitios web.

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